07 DE DICIEMBRE DE 2019 El canje de acciones al portador por nominativas aumentó considerablemente en el segundo semestre del año, aunque todavía hay muchas SA que ni siquiera iniciaron la solicitud electrónica pese a haberse flexibilizado el plazo (en principio debía vencer el 10 de octubre pasado), indicó Fernando Benavente, titular de la Abogacía del Tesoro, quien espera que este fin de semana puedan ingresar los pedidos que aún faltan, si es que el sistema no colapsa. Los inconvenientes con el sistema fueron constantes en los últimos meses, lo que hizo más lento el procedimiento, aunque desde la Abogacía aseguraron que se tomaron las precauciones para prever estos riesgos. Benavente recordó que desde la vigencia de la Ley 5895, en octubre de 2017, y hasta el primer semestre de ese año, sólo el 10% de las 11.000 sociedades anónimas registradas por el fisco habían cumplido en canjear sus acciones. Según la fuente, están en curso otros miles de pedidos de modificación de estatutos de sociedades, aunque no todos corresponden al canje de acciones propiamente. Aclaró que recién después del 10 de este mes sabrán con exactitud cuantos realmente corresponden a modificaciones de acciones al portador. Es el primer paso Desde la Abogacía explicaron que la presentación del trámite electrónico de solicitud de dictamen para la modificación de estatutos y conversión de acciones es el primer paso que exige la Ley 6399 (que regula el régimen de sociedades). Este trámite se podrá hacer sin multas hasta este próximo martes. Para ello, los portadores de acciones anónimas deben ingresar al portal web de la Abogacía del Tesoro y llenar los datos exigidos. Si completan al menos este primer paso en plazo, los accionistas de las SA evitan multas que van de entre 50 a 100 jornales mínimos (G. 4.216.950 a G. 8.433.900), detalló Benavente. Tras el dictamen que emita la Abogacía , los trámites y plazos que deberán cumplir posteriormente las sociedades y accionistas para materializar efectivamente el canje del total de sus acciones no podrá exceder, en ningún caso, los 180 días, contados desde el 10 de diciembre del presente año, según establece la Ley. Si el plazo fenece sin que se realice el canje del 100% de las acciones, quedarán suspendidos todos los derechos económicos que corresponden a los titulares de las acciones no canjeadas, hasta tanto se formalice el canje. Además, serán pasibles de multas. Medida contra el lavado de dinero La nueva norma modifica la Ley 5895/17 y se inscribe dentro de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, rama Latinoamérica (Gafilat) para la lucha contra el lavado de dinero y activos. Cabe recordar que nuestro país está en este momento bajo una evaluación del citado grupo que concluirá en el 2020. La ley que elimina las SA formó parte de un paquete de 12 proyectos que presentó la Seprelad como prioridades del país en el combate de estos delitos y que serán clave en la evaluación.
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